Environment Department Docket 3.4.426 NMAC Proposed Rule

nm-6ecfc13b-ab4a-4f20-bd34-8613cd0e8d12: Environment Department — 3.4.426 NMAC

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What this rule does

The New Mexico Environment Department is notifying that certain license holders have applied to terminate their radioactive material licenses. The Department will review these applications, consider feedback from local governments and tribes, and may hire consultants to assist in the evaluation, ensuring compliance with health, safety, and environmental standards before approval.

Plain-language description generated by AI — not the agency’s official summary, which we have not captured for this rule. Read the official text →

The rule, in full

551 words as published, August 25, 2026. View the original →

Noticia New Mexico Register / Volume XXXVII, Issue 16 / August 25, 2026     NOTIFICACIÓN DE TERMINACIONES DE LICENCIAS DE MATERIAL RADIACTIVO   El Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México (Departamento) por el presente aviso notifica, de conformidad con la Subsección E de 20.3.4.426 NMAC, que los siguientes licenciatarios han presentado solicitudes para la terminación de sus licencias de materiales radiactivos:   HDR Construction Control Corporation Subsidiary of Engineering Inc, 2155 Louisiana Blvd, NE Suite 3000 Albuquerque, NM 87110 Pro Inspection Inc, 3762 Kermit Highway Odessa Texas, 79764 Marco Inspection Services Inc, PO Box 1941 Kilgore Texas, 75663 Constructors Inc, 812 George Shoup Relief Route Carlsbad, NM 88220 City of Deming, P.O. Box 706 Deming, NM 88031   Durante el período de evaluación, el Departamento revisa y hace comentarios sobre la solicitud. El Departamento puede, a su discreción, contratar consultores para que lo asistan en la evaluación de la solicitud. Tras recibir un plan de terminación de la licencia o un plan de desmantelamiento del licenciatario, o una propuesta por el licenciatario para la liberación del sitio de conformidad con las Subsecciones C o D de 20.3.4.426 NMAC, el Departamento notificará y solicitará comentarios a los gobiernos locales en las inmediaciones del sitio de la actividad autorizada, así como a cualquier nación indígena u otro pueblo indígena que tenga derechos legales por tratados o estatuarios que pudieran verse afectados por el desmantelamiento del sitio de la actividad autorizada. En caso de que el licenciatario proponga liberar un sitio de conformidad con la Subsección D de 20.3.4.426 NMAC, el Departamento notificará a la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA, por sus siglas en inglés) y solicitará sus comentarios. Los comentarios y preguntas pertinentes que reciba el Departamento de diversas agencias y partes interesadas se remitirán al solicitante para su respuesta. La correspondencia relacionada con la solicitud se archivará en la Oficina de Control de la Radiación y estará disponible para su revisión por parte del solicitante y cualquier otra parte interesada.   El Departamento exige al solicitante que presente un plan de terminación de la licencia o un plan de desmantelamiento, así como otros documentos que aborden, entre otras cosas, los aspectos de salud pública, seguridad y medio ambiente para la terminación de la licencia.   El Departamento analizará cuidadosamente la solicitud de terminación de la licencia. Durante este análisis, se revisará la solicitud para garantizar que no presente deficiencias, que cumpla con todos los requisitos aplicables y que no exista razón para creer que la terminación de la licencia resultará en la violación de alguna ley o regulación. Si el Departamento considera que esto es así, aprobará la solicitud de terminación de la licencia.   La solicitud está disponible para revisión en la siguiente dirección:   Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México Oficina de Control de la Radiación 525 Camino de los Marquez, Suite 1B Santa Fe, NM 87502   Se prevé que el período de revisión dure aproximadamente un mes. Se aceptarán comentarios por escrito y solicitudes de audiencia pública durante los 30 días posteriores a la publicación de este aviso. Los comentarios por escrito sobre esta solicitud de licencia deben dirigirse a: Departamento de Medio Ambiente de Nuevo México, Oficina de Control de la Radiación, P.O. Box 5469, Santa Fe, Nuevo México 87502-5469.

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